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Seguridad estructural
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Se denomina seguridad estructural a las condiciones de Solidez y resistencia que deben tener los edificios y lugares de trabajo para que sean apropiados a su tipo de utilización.]][1]
La seguridad estructural de los edificios está regulada en España mediante el Código Técnico de la Edificación que entre otras cuestiones establece:
- La seguridad estructural comprende todos los elementos estructurales de un edificio, así como Plataformas, escaleras etc.
- Como norma básica de seguridad se prohíbe sobrecargar los elementos citados, así como el acceso a cubiertas o techos que no ofrezcan suficientes garantías. En caso necesario deberá trabajarse en esas zonas con las medios de protección y seguridad adecuados.
- Para la construcción de edificios y locales industriales se exige un proyecto redactado por un Técnico facultativo competente y debidamente visado por el Colegio profesional correspondiente, después ha de presentarse ante las autoridades que corresponda para obtener la Licencia de obra y proceder a su ejecución.
- El técnico que redacta y firma el proyecto es responsable de asegurar que todos los elementos estructurales o de servicio, incluidas las plataformas de trabajo, escaleras y escalas, tengan la solidez y la resistencia necesarias para soportar las cargas o esfuerzos a los que puedan estar sometidos, disponiendo de un sistema de armado, sujeción o apoyo que asegure su estabilidad.
- La empresa constructora está obligada a ejecutar la obra respetando las características técnicas, materiales y diseño del proyecto, a las órdenes de la dirección facultativa. De estas acciones y de su corrección se exige, además, una responsabilidad civil durante diez años.
Referencias
Referencias e información de imágenes pulsando en ellas. |
- ↑ Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de lugares de trabajo Instituto Nacional de Seguridad e Higiene INSHT España [14-2-2008]