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Propiedad horizontal (Argentina)
La Propiedad horizontal en la República Argentina está definida en el art. 1º de la Ley de Propiedad horizontal 13.512. La propiedad horizontal es un concepto llamado Condominio en la mayoría de los países de habla hispana. Dicha ley establece:
Los distintos pisos del edificio o distintos departamentos de un mismo piso o departamento de un edificio de una sola planta, que sean independientes y que tengan salida a la vía pública directamente por un pasaje común podrán pertenecer a propietarios distintos, de acuerdo a las disposiciones de esta ley. Cada piso o departamento puede pertenecer en condominio a más de una persona.[1]
Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal
Dicha organización se define como un grupo de profesionales comprometidos con el país y empeñados en luchar por una legislación más justa en materia de Propiedad Horizontal. Son la primera Organización No Gubernamental que desde el año 1996 brinda orientación y acción mancomunada a los integrantes de Consorcios de Propiedad Horizontal, a fin de:
- Imponer transparencia y competitividad en las administraciones de Consorcios;
- Asesorar a consorcistas y administradores en todos sus conflictos jurídicos;
- Solucionar las dificultades que se plantean en la comunidad consorcial.
Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
Se definen a sí mismos como entidad creada para defender el derecho constitucional a la propiedad privada y los legítimos intereses de todos los sectores dedicados a la promoción, financiación, construcción, venta y/o administración de inmuebles comprendidos directa o indirectamente dentro del sistema de propiedad horizontal, como así también de los consorcios de propietarios que se constituyan de acuerdo al mismo. Fundada en el año 1951, la Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias, sigue desarrollando un constante accionar para elevar el nivel profesional y ético de quienes ejercen las actividades comprendidas en el ámbito de su proyección institucional. Esta Institución representa a los administradores juntamente con otras instituciones en la celebración de los Convenios Colectivos del sector.