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Diferencia entre revisiones de «Frente de parcela»
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Revisión del 17:11 9 ago 2012
Entendemos por lindero frontal o frente de parcela : el que delimita la parcela en su contacto con las vías públicas; en las parcelas urbanas, coincide con la alineación[1]
Definición de parcela mínima[editar]
Retranqueos[editar]
- Véase también:Urbanismo
Bibliografía[editar]
- AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, Junta de Castilla y León, Valladolid 2.000. ISBN 84-7846-950-8.
- AA.VV., Derecho Urbanístico de Castilla y León, El Consultor de los Ayuntamientos y de los Juzgados, Madrid, 2.000. ISBN 84-7052-249-9.
Notas[editar]
- ↑ > DECRETO 22/2004, DE 29 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE URBANISMO DE CASTILLA Y LEÓN